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Contactos
Si necesita ayuda o asesoramiento, póngase en contacto con nosotros. Llame a los números que aparecen a continuación para obtener la información que busca.
Médico
BCBSTX
800-521-2227
www.bcbstx.com
Farmacia
BCBSTX/Prime Therapeutics
800-423-1973
www.bcbstx.com
Dental
BCBSTX
800-521-2227
www.bcbstx.com
Visión
BCBSTX/EyeMed
855-556-8796
www.eyemedvisioncare.com/bcbstxvis
Póliza #: VSF0167320
Atención virtual
BCBSTX/MDLive
888-680-8646
www.mdlive.com/bcbstx
Jubilación
Fondos estadounidenses
800-204-3731
myretirement.americanfunds.com
Póliza #: 1354751-01
Recursos Humanos de Superior Construction Services
Apartado de correos 2595
Waxahachie, TX 75168
888-230-2240
Cuenta de Ahorros para la Salud
Banco HSA
800-357-6246
www.hsabank.com
Vida y AD&D
Una América
800-553-5318
www.oneamerica.com
Póliza #: 619569-000-000
Programa de asistencia al empleado
BCBSTX/Recursos de orientación
844-213-8968
www.guidanceresources.com
ID web: BCBSTXEAP
Descripción general de la cobertura
Nuestra cobertura médica tiene vigencia del 1 de enero al 1 de diciembre de cada año. Los empleados, sus cónyuges e hijos que cumplan con los requisitos de elegibilidad que se detallan a continuación pueden acceder a la cobertura de nuestro programa de beneficios.
Para los nuevos empleados o aquellos que ahora cumplen los requisitos para recibir beneficios, tienen 30 días a partir de la fecha de contratación o de la fecha en que cumplen los requisitos para recibir beneficios para completar su inscripción.
Una vez completada la inscripción, su cobertura comenzará el primer día del mes siguiente a los 30 días de empleo. Si no completa su inscripción dentro de este plazo, no podrá optar a los beneficios hasta el próximo período de inscripción anual programado o dentro de los 30 días posteriores a un evento vital que dé derecho a ellos.
Dependientes
Nuestra cobertura médica tiene vigencia del 1 de enero al 1 de diciembre de cada año. Los empleados, sus cónyuges e hijos que cumplan con los requisitos de elegibilidad que se detallan a continuación pueden acceder a la cobertura de nuestro programa de beneficios.
Entre los dependientes que pueden optar a la cobertura se incluyen:
- — Su cónyuge legal (o cónyuge de hecho, si está reconocido)
- —Niños de hasta 26 años (incluye hijos biológicos, hijastros, hijos adoptados legalmente, niños en proceso de adopción, niños de acogida y niños de los que usted o su cónyuge tengan la tutela legal).
- — Hijos dependientes de 26 años o más, casados o solteros, que dependan principalmente de usted y que sean incapaces de generar un empleo que les permita mantenerse por sí mismos debido a una discapacidad mental o física que surgió mientras el niño estaba cubierto como dependiente bajo este plan (puede requerirse una certificación periódica).
Es posible que se requiera verificar la elegibilidad de los dependientes al momento de la inscripción.
Avisos legales
A continuación encontrará todos los avisos legales aplicables.